INNOVA CV: Ayuda para proyectos de Innovación de Pyme

AYUDA PARA PROYECTOS DE DIGITALIZACIÓN DE PYME (IVACE) DIGITALIZA 2024

  • Resolución de 19 de diciembre de 2023.
  • Publicación en el DOGV el 26 de diciembre de 2023.

Objeto

Realización de proyectos innovadores que redunden en una mayor competitividad de las empresas y que tengan resultados tangibles al final del plazo de ejecución del proyecto.

Beneficiarios

PYME con sede social y establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación.

  • En INNOVAProD: empresas industriales manufactureras encuadradas en la sección C-Divisiones 10 a 33 de CNAE 2009, que cuenten con al menos 2 personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas, consignadas en el recibo de liquidación de cotizaciones de la SS correspondiente al 2º mes anterior a la fecha de solicitud de ayuda.
  • En INNOVAProC: empresas industriales manufactureras encuadradas en la sección C-Divisiones 10 a 33 o H-Divisiones 49 a 52 de CNAE 2009, siempre que las actividades de transporte y almacenamiento sean referidas a mercancías del CNAE 2009, y que cuenten con al menos 2 personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas, consignadas en el recibo de liquidación de cotizaciones de la SS correspondiente al 2º mes anterior a la fecha de solicitud de ayuda.
  • En INNOVAi4.0: empresas industriales manufactureras encuadradas en la sección C-Divisiones 10 a 33 o H-Divisiones 49 a 52 de CNAE 2009, siempre que las actividades de transporte y almacenamiento sean referidas a mercancías del CNAE 2009, y que cuenten con al menos 2 personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas, consignadas en el recibo de liquidación de cotizaciones de la SS correspondiente al 2º mes anterior a la fecha de solicitud de ayuda.
  • En INNOVATeiC: empresas encuadradas en la sección C-Divisiones 26 a 30 o J-CNAE 5821, 5829, 6311, 6312 y Divisiones 61 a 62 de CNAE 2009, y que cuenten con al menos 2 personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas, consignadas en el recibo de liquidación de cotizaciones de la SS correspondiente al 2º mes anterior a la fecha de solicitud de ayuda.

Tipos de Ayuda

Subvención máxima a fondo perdido del 45% para pequeñas empresas y 35% para medianas empresas de los costes subvencionables. El presupuesto subvencionable deberá ser mayor de:

  • INNOVAProD – mayor de 15.000€
  • INNOVAProC – mayor de 15.000€
  • INNOVAi4.0 – mayor de 15.000€
  • INNOVATeiC – mayor de 15.000€

Ayuda sujeta a minimis.

Acciones Apoyables

Los proyectos deberán encuadrar en alguna de las siguientes actuaciones apoyables:

INNOVAProD-CV: Innovación de producto

Proyectos que tengan como objetivo el desarrollo y fabricación de nuevos productos o una mejora significativa de los ya fabricados por la empresa solicitante. Incluye las mejoras significativas de especificaciones técnicas, de componentes y materiales, de programas informáticos integrados, del diseño, de la facilidad de uso u otras características funcionales. El resultado final del proyecto deberá concretarse en la fabricación del producto o en la obtención de un prototipo probado en un entorno real. El proyecto deberá significar un nuevo desarrollo para la empresa y, por tanto, no realizado con anterioridad. No tienen la consideración de producto nuevo o mejorado:

  • Adaptaciones a necesidades de clientes que no representen características significativamente diferentes de los ya ofertados por la empresa.
  • Cambios que no modifiquen función, utilización prevista o características técnicas de un bien o servicio.
  • Cambios periódicos, estacionales o de temporada, así como modificaciones formales de productos ya existentes para diferenciarlos de otros similares, aun cuando dichas modificaciones puedan representar mejoras.
  • Preparación de colecciones y muestrarios.
  • Esfuerzos rutinarios para mejorar la calidad de productos.

INNOVAProC-CV: Innovación de proceso

Proyectos que tengan como objetivo la transformación de procesos-productos mediante la implementación de tecnologías de industria 4.0 para optimizar la productividad, favorecer la eficiencia, la flexibilidad, la simulación y facilitar la toma de decisiones. El resultado deberá ser la puesta en marcha de proyectos en los siguientes ámbitos:

  1. Proyectos de fabricación avanzada con maquinaria y/o equipamiento avanzado o (Hardware y Software) que incorporen técnicas de Big Data y Analítica avanzada.
  2. Proyectos de Fabricación Aditiva, que promuevan la producción/fabricación de nuevas piezas y formas geométricas personalizadas.
  3. Proyectos de Robótica Avanzada y Colaborativa, que incorporen robots conectados que colaboren en tiempo real con los trabajadores, otros robots e incluso máquinas.
  4. Proyectos IIoT (Industrial internet of Things), que permitan sensorizar y garantizar la conectividad a internet de todo tipo de dispositivos y maquinaría dentro de la fábrica.
  5. Proyectos de Inteligencia Artificial dirigidos al entorno industrial.
  6. Proyectos de Sistemas ciber-físicos que incorporen componentes, objetos físicos o maquinaría en planta dotados de capacidades de computación y conectividad avanzadas.
  7. Proyectos de Realidad Virtual, que permitan la recreación de situaciones reales en mundos simulados o ambientes virtuales.
  8. Proyectos de Realidad Aumentada, que incorporen tecnologías que permiten que un usuario visualice parte de mundo real a través de un dispositivo tecnológico.
  9. Proyectos de Gemelos Digitales (Digital Twins), que generen una réplica virtual de un objeto o sistema que simula el comportamiento de su homólogo real.

INNOVAi4.0-CV: Transformación digital

Será necesario que la propuesta defina un proyecto de puesta en marcha o readaptación de procesos para implementar este tipo de medidas. Serán subvencionables proyectos consistentes en la realización de acciones de alguna de estas tipologías:

  1. Readaptación de procesos mediante la aplicación de metodologías de mejora continua.
  2. Puesta en marcha de, nuevos o significativamente mejorados, métodos o técnicas de producción ecoeficientes de la empresa que contribuyan de forma sustancial a la transición hacia una economía circular mediante la sostenibilidad y circularidad de los procesos industriales que correspondan a alguna de las siguientes categorías de actuación:
  • Reducción del consumo de materias primas vírgenes. – Obtención de productos y servicios basados en el ecodiseño como potenciador y elemento básico de la circularización de la economía.
  • Soluciones tecnológicas ecoinnovadoras circulares orientadas a la mejora de la gestión de residuos.

*No serán subvencionables las actuaciones destinadas al tratamiento y regeneración de aguas residuales.

*No se consideran apoyables proyectos de inversión en equipamiento, actualización tecnológica de proceso, ni de eficiencia energética.

INNOVATeiC-CV: Innovación soluciones TEICs

Proyectos que tengan como objetivo el desarrollo de soluciones innovadoras en el ámbito de las tecnologías de la información, de la electrónica y de las comunicaciones, cuya aplicación pueda extenderse a diversos usuarios y no se trate de soluciones a medida. El resultado final del proyecto deberá concretarse en nuevas aplicaciones, dispositivos o, soluciones, preparadas para su comercialización a terceros, excluyendo soluciones a medida. Se admitirán igualmente nuevas versiones de aplicaciones, dispositivos y soluciones existentes, siempre que incorporen nuevas funcionalidades con respecto a versiones anteriores de las mismas.

*Se excluyen soluciones de tipo Marketplace (plataformas de comercialización).

La comercialización de las soluciones, que pueda llegar a producirse después de la ejecución del proyecto, deberá materializarse mediante la venta de las licencias o los dispositivos cuyo desarrollo se ha apoyado. Se admitirá también que la solución se comercialice a través de fórmulas de pago por uso o similares.

Sólo podrá presentarse un proyecto por empresa en esta actuación. El proyecto significará un nuevo desarrollo para la empresa solicitante y, por tanto, no realizado con anterioridad.

  • Todos los proyectos deberán iniciarse con posterioridad al 1 de enero de 2024 y finalizar máximo el 30 de junio de 2025. No habiéndose concluido materialmente ni ejecutado íntegramente antes de solicitud.
  • Se aceptan los gastos desde el 1 de enero de 2024 hasta el 30 de junio de 2025.
  • Se aceptan los pagos desde el 1 de enero de 2024 hasta la fecha de justificación (2/10/2025).
  • La justificación será desde la fecha de solicitud hasta el 2 de octubre de 2025.
  • Cuando el proyecto incluya el coste de contratación de servicios externos para I+D+i cuyo importe para un mismo proveedor, en el total de conceptos del proyecto, supere o iguale la cantidad de 15.000 € (IVA excluido) se deberán aportar junto a la solicitud, 3 ofertas.
  • Salvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención, cuando el importe sea igual o supere 15.000€ (IVA excluido), para el resto de conceptos deberá aportar en la solicitud 3 ofertas de diferentes proveedores.
  • No se aceptarán gastos en forma de: renting, leasing, etc.
  • Las inversiones deberán mantenerse inalterables durante los 5 años siguientes al pago de la subvención.

Costes Subvencionables

INNOVAProD-CV: Innovación de producto

  • Servicios de consultoría y asistencia técnica para el desarrollo, la mejora de características y puesta en producción de nuevos productos, de los siguientes: ingeniería, consultoría técnica, contratación con centros de investigación, diseño, contratación de servicios de laboratorios de ensayo incluidos los necesarios para marcado CE u otras formas de homologación o normalización de productos.
    Para que la propuesta sea viable, el coste subvencionable en el concepto de consultoría y asistencia técnica deberá ser como mínimo la menor de las siguientes cantidades: un 10 % del coste subvencionable total o 15.000 €.
    Para proyectos de innovación directamente derivados de un proyecto de I+D anteriormente desarrollado por la empresa solicitante sobre cuyos resultados se plantea la puesta en producción de un nuevo producto, será necesaria la contratación de servicios externos de estas características, pero sin aplicar los límites anteriores, deberá acreditarse que ese proyecto de I+D ha recibido una ayuda en 2021, 2022 o 2023 proveniente de convocatorias de programas de I+D, de IVACE o de otro organismo público.
  • Registro de patentes, marcas, modelos de utilidad y diseños industriales, marcado CE y otras formas de homologación. Únicamente serán elegibles los gastos relacionados con la ejecución del proyecto.
  • Adquisición de activos inmateriales: patentes, licencias, software necesario para el desarrollo de los nuevos productos.
  • Personal propio: personal técnico que participe en el proyecto. Máximo 50€/hora de trabajador, siendo la suma máxima 50.000 €.
  • Adquisición de activos materiales: adquisición o adaptación y puesta en marcha de bienes de equipo, moldes y matrices, necesariamente relacionados con la puesta en producción de nuevos productos acordes a la convocatoria, y de bienes de equipo, servicios y suministros materiales necesarios para la elaboración de un prototipo verificable de la solución desarrollada. Deberán quedar instalados en la C.V.

INNOVAProC-CV: Innovación de proceso

  • Servicios de consultoría e ingeniería para implantación de medidas; incluyendo, en el caso de puesta en marcha o readaptación de procesos con criterios de ecoeficiencia: estudios de viabilidad técnico-económica, diagnósticos, análisis de ciclo de vida, costes de ensayos y tramitaciones necesarias para certificaciones medioambientales. Para proyectos de readaptación de procesos productivos mediante la aplicación de metodologías de mejora continua el importe de estos gastos deberá ser, como mínimo, igual o superior a la menor de las siguientes cantidades: un 10 % del coste subvencionable total del proyecto o 15.000€.
    Para proyectos de puesta en marcha de nuevos o significativamente mejorados, métodos o técnicas de producción ecoeficientes, no se exige porcentaje mínimo de estos gastos, aunque se deberán incluir necesariamente, como mínimo, alguno de los siguientes:
  • Adquisición de activos inmateriales. Software de control, captación de datos, de gestión de indicadores y cuadros de mando relacionados con el desarrollo del proyecto y software relacionado con la implantación de nuevos procesos. También licencias de software, como desarrollo de aplicaciones y costes por uso de aplicaciones, incluyendo en cualquier caso los servicios de análisis, parametrización e instalación. No se acepta adquisición e implantación de software de gestión tipo ERP.
  • Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. Máximo 50€/hora de trabajador, siendo la suma máxima 50.000 €.
  • Adquisición de activos materiales. (Deberán quedar instalados en la C.V. No será elegible la adquisición de hardware ni inversiones en prototipos.)

INNOVAi4.0-CV: Transformación digital

  • Servicios de consultoría e ingeniería para diseño de procesos digitales, en áreas de ciberseguridad, cloud computing, big data y analytics, robótica, realidad aumentada, visión artificial, fabricación aditiva y de comunicación para la conectividad de sistemas.
    Para que la propuesta sea viable, el coste subvencionable en el concepto de consultoría e ingeniería deberá ser como mínimo la menor de las siguientes cantidades: un 10 % del coste subvencionable total o 15.000 €.
  • Activos inmateriales. Licencias de software, desarrollo de aplicaciones y costes por uso de aplicaciones que formen parte de las actuaciones de los proyectos, incluyendo los costes de implantación: aplicaciones de gestión empresarial, soluciones de big data y análisis, cloud computing, ciberseguridad, así como software de comunicaciones para facilitar el funcionamiento de las soluciones que integren el proyecto.
  • Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. Máximo 50€/hora de trabajador, siendo la suma máxima 50.000 €.
  • Activos materiales: adquisición y puesta en marcha de hardware, equipos de telecomunicación, sistemas embebidos, sensores, robots, dispositivos electrónicos para aplicaciones de realidad aumentada, visión artificial y automatización avanzada, equipos para fabricación aditiva; adaptación de equipos productivos necesarios para la implementación de las soluciones propuestas. No se considerarán subvencionables servidores, ordenadores personales y periféricos, para su empleo en aplicaciones de gestión.
    Deberán quedar instalados en la C.V.

INNOVATeiC: Innovación en TEICs.

  • Servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el desarrollo de las nuevas soluciones.
  • Registro de derechos de propiedad industrial, otros registros y homologaciones. Únicamente serán elegibles los gastos relacionados con la ejecución del proyecto.
  • Activos inmateriales. Patentes, licencias, know-how o adquisición de licencias de software necesarias para ser integradas en el producto final. 
  • Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. Máximo 50€/hora de trabajador, siendo la suma máxima 125.000 €.
  • Activos materiales. Componentes necesarios para el desarrollo de un prototipo verificable cuando el proyecto así lo exija. Deberán quedar instalados en la C.V.

*No subvencionables en ninguna de las actuaciones:

  1. Bienes y servicios adquiridos o prestados por personas, entidades o empresas vinculadas con la empresa beneficiaria.
  2. Impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos sobre la renta.
  3. Servicios de alojamiento en Cloud, ni las herramientas software necesarias para el trabajo propio de las personas creadoras de la solución.

Obligaciones a cumplir para que puedan conceder la ayuda

  • La empresa debe estar al corriente tanto con el organismo local como con el estatal de pagos (cualquier tipo de pago) a Agencia Tributaria y Seguridad Social.
  • La empresa debe estar dada de alta y disponer de licencia de actividad y de cualquier otro tipo de licencia que por su actividad sea de obligatorio complimiento, tanto de forma local como estatal.
  • Se deberá declarar en solicitud el cumplimiento de los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
    Para subvenciones de importe superior a 30.000€, en caso de que la empresa no pueda presentar en el Registro Mercantil cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, se deberá acreditar el cumplimiento de los referidos plazos de pago de manera fehaciente (certificación emitida por auditor inscrito en el ROAC).
  • Los proyectos deberán estar encuadrado en alguno de los entornos de especialización contemplados para el IVACE en el ámbito de la I+D e innovación empresarial de la Estrategia de Especialización Inteligente de la Comunitat Valenciana (S3CV):
  1. Hacia una economía circular y baja en carbono.
  2. Economía digital disruptiva.
  3. Comunitat Valenciana innovadora por su origen y destino.
  4. Innovación para las personas.

Plazo de Presentación de Solicitudes

Desde el 9 de enero de 2024 hasta el 22 de febrero de 2024 a las 23:59:59.

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